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martes, 28 de mayo de 2024 18:04

Cerrado

INGRESOS RECIBIDOS POR COMISIONES, ESTÁN GRAVADAS CON ITBIS?

Buenas tardes, luego de recibir un cordial saludo me gustaría que me indicaran si las comisiones que recibo como persona física, por la venta de seguros de terceros, está gravada con ITBIS? 

Pues en la relación que recibo, donde me detallan los valores de dicho ingreso por comision, solo me aplican la retención del impuesto sobre la renta.

Por tanto, cuando presente ese ingreso en el IT-1, es correcto que lo coloque en el apartado de otras operaciones positivas y en la parte de comisionistas, y cuál es la forma correcta de ponerlo?

Por ejemplo, si en el mes recibo de comisiones de RD$1,000.00 como debo ponerlo en mi IT-1?, a ese valor calcularle el ITBIS y pagarlo yo?

Agradecería mucho su colaboración.

Solución oficial

Buenos días, Helen. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, el ingreso por comisión se encuentra gravado con el ITBIS.

 

Base legal: Decreto 293-11 Art. 3 Literal 3.

 

En ese mismo orden, en caso de que sea una compañía de seguro quien realice el pago, estas fueron excluidas como agentes de retención cuando realicen pagos a sus corredores o agentes de seguros por concepto de comisiones o servicios de intermediación.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Buen día, muchas gracias.

Entonces, para confirmar; en este apartado, en la casilla 41, donde dice MONTO FACTURADO colocaría los RD$1,000.00 que recibí por concepto de comisiones por venta de seguros y en MONTO, el valor del 18% de ITBIS que debo calcularle, correcto?

Agradezco su aclaración, con esta última parte.

Buenos días, Helen. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, en esa casilla se coloca el monto total facturado y el monto sujeto a ITBIS de los pagos recibidos por concepto de comisión, durante el periodo a declarar.

 

Importante: Al digitar valores en la columna "Total facturado" el sistema validará que la columna "Monto" tenga colocado el monto sujeto a ITBIS y viceversa.

 

Instructivo del llenado IT-1: https://acortar.link/aQsQkr

 

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Buenas tardes, Helen. ¡Gracias por contactarnos!

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

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