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Ingresos por servicio prestado a una empresa extranjera
Quisiera saber un servicio que le ofrezco a una empresa extranjera, para reportar ese ingreso, esta exento de ITBIS? por que tendria que reportar dicho ingreso con un B02.
Cordialmente,
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
6.4K Mensajes
hace 1 mes
Buenos días, Rosangel. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, los servicios exportados se encuentran exentos del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), siempre y cuando sean prestados desde el territorio dominicano para ser utilizados y consumidos exclusivamente en el exterior por personas físicas o jurídica no domiciliada ni residente en la República Dominicana. El pago del servicio debe ser con renta de fuente extranjera y no puede afectar renta ni gastos en República Dominicana, en virtud del Decreto 293-11, Art. 14, literal (j).
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
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