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viernes, 28 de marzo de 2025 14:26

Cerrado

Informe Maestro de Precio de Transferencia

Si somos una filiar y en otras filiales se contrata el informe maestro, éste mismo puede presentarse en dominicana? Algunos países aceptan que se presente un informe ya elaborado en otra empresa de un mismo grupo (sin ninguna modificación ni aditamento).

Solución oficial

Buenos días, Monica. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el Reporte Maestro es la documentación específica del grupo multinacional, cuyo propósito es ofrecer un panorama general de las actividades del grupo multinacional, el cual debe incluir las siguientes informaciones:

 

  1. La naturaleza de las actividades económicas del grupo multinacional.
  2. Las políticas generales en materia de precios de transferencia.
  3. La distribución de los beneficios y actividades a escala mundial.


Este reporte debe ser presentado, en la forma y plazo establecido en la legislación vigente, por todos los contribuyentes que con respecto a las contrapartes con que realicen transacciones cumplan con el supuesto de vinculación establecido en el numeral 1 del artículo 2 del Decreto 78-14 y formen parte de un grupo multinacional. 

 
 
Importante:

En adición a las obligaciones de información y documentaciones establecidas en los párrafos I, III, IV y V del Art. 4 del Decreto 256-21, el contribuyente deberá disponer al momento de solicitud de la DGII de la documentación e información relacionada al cálculo de los precios de transferencia considerados tanto en la DIOR como en el reporte maestro, así como de las descripciones, explicaciones y supuestos incluidos en los mismos. 
 
Estas informaciones y documentaciones deben ser traducidas al español e incluir los detalles indicados en el párrafo VI, Art. 4 del decreto 256-21.

 


Base Legal: Decreto 256-21, Art.4, Párrafo IV; Reglamento 78-14, Art. 18, párrafo V. 

 

Para remitir el Reporte Maestro, los contribuyentes alcanzados por la regulación de precios de transferencia deben agotar el siguiente procedimiento:
 
  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú Declaraciones Juradas, seleccione la opción Envíos Complementarios.
  3. En la opción Período seleccione el año fiscal a declarar y en Tipo de Documento, seleccione Reporte Maestro.
  4. Adjunte el archivo, el cual debe estar en formato PDF, y presione el botón Enviar Datos.
  5. El Sistema le mostrará en pantalla un resumen del reporte realizado.  También visualizará el botón Eliminar para anular el envío, en caso de ser necesario.
  6. Presione el botón Siguiente para completar las secciones: Generales del ContribuyenteEstructura y Organización del Grupo de Empresas MultinacionalContratos entre Partes Relacionadas y Acuerdos de Precios de Transferencia y Actividades Financieras Intragrupo con las informaciones requeridas o seleccione No Aplica, según corresponda y pulse el botón Enviar.
  7. Visualizará en pantalla un aviso indicándole que el Reporte Maestro fue enviado correctamente.
  8. Pulse sobre la opción OK para volver a la pantalla principal, donde visualizará un resumen del envío realizado.
  9. Si desea remitir también el Reporte Local, adjunte el archivo correspondiente a este reporte en la opción Tipo de Documento y siga los pasos requeridos hasta completar su envío.
  10. Pulse la opción Enviar Solicitud Completa para finalizar con la remisión del reporte.
  11. Visualizará en pantalla un mensaje indicándole que el envío del reporte PT fue cargado correctamente, pulse la opción OK para volver a la pantalla principal donde visualizará que los cuatro íconos debajo del título Envíos Reportes PT estarán de color verde, lo que indica que el proceso fue completado.

Importante:

  • Si la remisión de este reporte se realiza posterior a la fecha límite, visualizará en pantalla una alerta indicando la expiración del plazo, pulse clic en “Aceptar” para continuar con el envío.
  • En el caso de que haya adjuntado un documento incorrecto (sin que lo haya enviado), puede eliminarlo haciendo clic en “Quitar” y proceder a adjuntarlo nuevamente.
  • La sección Generales del Contribuyente se completa automáticamente con la información propia de la Oficina Virtual. No está habilitada para modificar la información contenida en los campos correspondientes.
  • Si al momento de completar las secciones ha dejado campos en blanco, el sistema le presentará un mensaje indicándole que debe completar los campos requeridos, los cuales estarán resaltados en color rojo.

Tiempo de Respuesta: inmediato
 
Costo: N/A
 
Quienes pueden presentar: personas físicas y personas Jurídicas que cumplan con el supuesto de vinculación establecido en el numeral 1 del artículo 2 del Decreto 78-14 y formen parte de un grupo multinacional.

Cuándo presentarlo: dentro de los ciento ochenta (180) días posteriores a la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones entre Relacionados (DIOR).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Luego de haber transcurrido 24 horas sin recibir la información, cerraremos la pregunta, en caso de aún requerir la asistencia por favor crear una nueva.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Buenos días, Monica. ¡Gracias por contactarnos!

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

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