Perfil de Yadira Guilamo

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viernes, 24 de abril de 2026

Informaciones de tasaciones privadas de inmuebles.

Buenas tardes: cuando un agrimensor presta servicios privados, por concepto de tasación de un inmueble, este tiene la obligación de reportar a la DGII las informaciones referentes al inmueble tasado y de los propietarios del bien; además de cumplir con la obligación de declarar sus ingresos por honorarios recibidos?
Saludos cordiales, Yadira Guilamo.
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Solución oficial

Buenas tardes, Yadira. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, si desea confirmar si debe fungir o no como Sujeto Obligado de cara a la Ley 155-17 ante la tasación de un inmueble y todo lo que esto conlleva, deberá canalizar su consulta con el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (CONCLAFIT) a través de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), detallando el o los tipos de bienes y/o servicios que ofrecen, con la finalidad de que esta pueda analizar el contexto general y determinar si serían un sujeto obligado sometido a la supervisión de una de las autoridades competentes establecidas.

 

Asimismo, le confirmamos que, en su condición de contribuyente activo, debe cumplir con todas sus obligaciones tributarias, entre las que se incluyen la remisión de los formatos de envío 606, 607 y 608, así como la presentación de las declaraciones juradas mensuales y anuales, las cuales pueden variar en función del régimen tributario al que pertenezca.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.