jueves, 7 de marzo de 2024 15:24

Cerrado

INFORMACION SOBRE INCENTIVOS POR IMPLEMENTACION DE FACTURACION ELECTRONICA

Buenos días 

Favor ayudarnos con las siguientes preguntas: 

1- Cuál es la fecha límite que tienen los grandes contribuyentes locales para acogerse al incentivo por implementación de facturación electrónica?  
2- Cuáles son los requerimientos para acogerse al incentivo? y cuál es la fecha límite para cumplir con estos requerimientos? 
3- Para los grandes contribuyentes locales el monto que establece la ley sobre el incentivo es RD$300,000.00, este incentivo nos corresponde en su totalidad o dicho incentivo es en base a los gastos incurridos en la implementación de facturación electrónica? 
Gracias, 
Yisel Domínguez

Solución oficial

Buenas tardes. ¡Gracias por contactarnos!

 

Para solicitar la compensación del crédito fiscal por implementación de la Facturación Electrónica debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central o en el área de información de las Administraciones Locales, los siguientes documentos:

  1. Carta de solicitud firmada por el solicitante. En caso de tratarse de una persona jurídica, debe estar sellada y firmada por el representante autorizado.
  2. Relación del detalle de los gastos incurridos para la implementación de la facturación electrónica con sus respectivos comprobantes fehacientes de pago (obligatorio en caso de contratar los servicios de un proveedor autorizado). 
  3. Registros contables relacionados (obligatorio en caso de contratar los servicios de un proveedor autorizado).
  4. Sustento de las horas trabajadas producto de la implementación de la facturación electrónica (obligatorio en caso de desarrollar un sistema propio).

Para la aplicación de este crédito, el contribuyente debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Tener el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) actualizado.
  • Estar registrado como contribuyente con obligaciones tributarias a su cargo.
  • Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y deberes formales.
  • Haber implementado el Sistema de Facturación Electrónica en periodo de voluntariedad, exceptuando aquellos que fueron autorizados mediante el facturador gratuito.
  • No encontrarse acogido a regímenes especiales de tributación con exención de impuestos.

Consideraciones Importantes:

  • Hasta el momento, no existe una fecha limite para solicitar el crédito fiscal por implementación de la Facturación Electrónica.

  • El monto de incentivo estipulado en la Ley 32-23 para las Grandes MIPYMES sera aplicado en su totalidad, una vez efectuada su aprobación.

¡Su experiencia en el servicio es importante para nosotros!

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.