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miércoles, 7 de mayo de 2025

Cerrado

incentivos exentos

Buenas tardes, Me interesa saber cuales incentivos se encuentran exentos de impuestos? Pregunto porque un familiar que es médico cobraba incentivos sin ningún descuento por concepto de impuestos y por otro lado he leído que los incentivos son considerados por la DGII como parte del sueldo.

Pueden aclararme por favor?

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Solución oficial

Buenos días, Hilda. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, los incentivos pagados se consideran parte del salario cotizable y está sujeto al ISR.

 

En ese mismo orden, dentro de los ingresos de los asalariados que no se encuentran sujetos al pago del Impuesto sobre la Renta (ISR) se encuentran:

  • La regalía pascual hasta la duodécima parte del salario anual.
  • Las indemnizaciones de preaviso y auxilio de cesantía.
  • Las indemnizaciones por accidentes de trabajo.
  • La compensación por enfermedad o lesión pagadera en virtud de un seguro de salud o invalidez.

En decir, los pagos por concepto de bonificaciones, vacaciones de ley, horas extras, propina legal, comisiones, incentivos, subsidio de maternidad y enfermedad, entre otras remuneraciones percibidos en calidad de empleado bajo relación de dependencia debe ser sumado formando parte de la base imponible para la aplicación de la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) conforme la escala salarial vigente.

 

Los ingresos extraordinarios por pensión alimenticia establecidos por sentencias o ley.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.