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Incentivo para los contribuyentes grandes locales
¿Los contribuyentes grandes locales aplican para el incentivo, por acogerse a la facturación electrónica?
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¿Los contribuyentes grandes locales aplican para el incentivo, por acogerse a la facturación electrónica?
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 3 meses
Buenas tardes, Maria. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, los contribuyentes que hayan sido autorizados como emisores electrónicos en el periodo de voluntariedad se les otorgará un crédito fiscal conforme la clasificación a la cual pertenece:
Pequeños contribuyentes: setenta y cinco mil pesos (RD$75,000.00).
Microempresas y no calificados: Veinticinco mil pesos (RD$25,000.00).
Para otorgar el incentivo se considerará la clasificación que tenía el contribuyente al momento de la promulgación de la Ley 32-23.
Los contribuyentes autorizados a emitir e-cf mediante el facturador gratuito y aquellos acogidos a regímenes especiales de tributación con exención de impuestos quedan excluidos de este incentivo fiscal.
No operará reembolso o compensación de los saldos a favor que pudieran ser originados por aplicación del crédito fiscal.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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