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Inactivación de persona física y sus obligaciones tributarias
Cuál el procedimiento para inactivar una persona física que murió para para que no continue generado obligaciones tributaria como la presentación del ITBIS y IR1.
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Cuál el procedimiento para inactivar una persona física que murió para para que no continue generado obligaciones tributaria como la presentación del ITBIS y IR1.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 3 meses
Buenos días, Amaury. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, debe realizar la declaración sucesoral y automáticamente lo inactivan y le colocan la marca de fallecido.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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