Buenas tardes, Angel. Debes especificarnos mejor tu inquietud (detallando a cuáles productos e impuestos te refieres), a fin de que podamos brindarte la asistencia requerida.
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Buenos días, Angel. La transferencia de bienes se encuentra gravada con ITBIS, exceptuando los que poseen exención como los que se encuentran en el Artículo 343 de la Ley 11-92 (Código Tributario).
En otro orden, también existen bienes gravados con una tasa reducida de ITBIS. Artículo 345 del Código Tributario.
Solución oficial
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hace 6 años
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Angel Rivas Hernández
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hace 6 años
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