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Impuestos a pagar para registro de condiminio
Quiero saber cuales son los impuestos a pagar, para registrar un condominio y los pasos para hacerlo virtual.
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Quiero saber cuales son los impuestos a pagar, para registrar un condominio y los pasos para hacerlo virtual.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
3.5K Mensajes
hace 2 meses
Buenas tardes, Cynthia. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, puede solicitar la incorporación al RNC como persona jurídica a través de las siguientes vías:
POR LA OFICINA VIRTUAL:
Debe llevar a cabo los siguientes pasos:
INSCRIPCIÓN AL RNC DE SOCIEDADES COMERCIALES:
Importante:
Tiempo de respuesta:
3 días laborables, no obstante, si conlleva verificación de la actividad económica el tiempo de compromise será de 15 días laborables.
Las actividades económicas que ameritan verificación son:
Costo del servicio:
Gratuito.
Quienes pueden solicitar:
Ciudadanos o asociación de personas.
Cuando solicitar:
Según necesidad.
INSCRIPCIÓN AL RNC DE FONDOS DE INVERSIÓN E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO:
Importante:
Tiempo de respuesta:
Quienes pueden solicitar:
Ciudadanos o asociación de personas.
Cuando solicitar:
Según necesidad.
DE MANERA PRESENCIAL:
Depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, atendiendo al tipo de sociedad:
SOCIEDADES SRL, S.A Y S.A.S:
EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (EIRL):
Nota: Este tipo de incorporación no conlleva el pago de impuestos por constitución de compañía (1%).
SOCIEDADES ACCIDENTALES O PARTICIPANTES:
SOCIEDADES EN NOMBRE COLECTIVO, EN COMANDITA SIMPLE Y EN COMANDITA POR ACCIONES:
SOCIEDADES EXTRANJERAS:
Nota: Las inscripciones de sociedades extranjeras no conllevan el pago de impuestos por constitución de compañía.
SOCIEDADES EXTRANJERAS CON CONDICIÓN DE REGISTRADO*:
Importante:
CONSORCIOS:
ENTIDADES PÚBLICAS Y ESTATALES:
Nota: estos requisitos también aplican para la incorporación al RNC de Cámaras de Comercio y Producción, aunque el tipo societario que se le asigna a este tipo de entidades es no lucrativa privada, es el Poder Ejecutivo vía el Ministerio de Industria y Comercio quien le otorga reconocimiento oficial y personalidad jurídica.
ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO REGIDAS POR LA LEY 122-05 Y EXTRANJERAS:
COLEGIOS CATÓLICOS:
OTROS COLEGIOS:
IGLESIAS EVANGÉLICAS Y EXTRANJERAS:
IGLESIAS CATÓLICAS:
PARTIDOS POLÍTICOS:
CLUBES DEPORTIVOS:
SINDICATOS:
CONDOMINIOS:
COOPERATIVAS:
Nota: de ser necesario se podrá solicitar estatutos y asamblea constitutiva.
JUNTA DE VECINOS:
ORGANISMOS INTERNACIONALES, EMBAJADAS Y CONSULADOS:
FONDOS DE INVERSIÓN:
SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN:
FONDOS DE PENSIONES:
PATROMINIOS SEPARADOS DE COMPAÑÍAS TITULARIZADORAS:
Tiempo de respuesta:
06 días laborables, no obstante, puede variar de acuerdo con las siguientes condiciones:
Las actividades económicas que ameritan verificación son:
Importante:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
3.5K Mensajes
hace 2 meses
Buenas tardes, Cynthia. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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