JD

sábado, 16 de julio de 2022 20:58

Cerrado

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Fui contrato por una institucion para reliazar una labor de 20 dias, esta contratacion fue aprobada por el Ministerio de Administracion Publica, a pesar de que en el contrato se estableceia que existe relacion entre la institucion y mi persona. Al momento de hacerme el pago me hicieron un descuento del 10%, cuando el pago solo representaba un monto total de RD$26,ooo.oo. mi pregunta es si a ese monto, bajo la contratacion descrita se le aplica el ISR?

This conversation is no longer open for comments or replies and is no longer visible to community members.

Solución oficial

Buenos días Juan. Gracias por contactarnos.

 

Si usted brinda su servicio de manera independiente (contratado) aplica la retención del 10% de ISR por honorarios.

 

Las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retener el ISR a las Personas Físicas por la prestación de servicios el siguiente porcentaje, según sea el caso:

 

  1.  10% para los servicios profesionales (Ej.: Alquiler de cualquier tipo de bienes muebles o inmuebles, honorarios, comisiones y demás remuneraciones y pagos por la prestación de servicios en general provistos por Personas Físicas no ejecutados en relación de dependencia).
  2. 2% cuando se trate de servicios técnicos (Ej.: albañilería, fumigación, limpieza, carpintería, pintura, ebanistería, plomería, transporte).

 

Base legal: Ley 11-92. Art. 309; Reglamento del Título II del Código Tributario. Art. 70.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.

 

2.6K Mensajes

hace 1 año

Dirígete al ministerio de trabajo para que ellos te expliquen.

hace 1 año

Bueno, lo que me hace ruido es que estoy contratación como "independiente", pero mi contratación fue aprobada por el map, el órgano que rige la función pública. 

Buenos días Juan. Gracias por contactarnos.

 

De acuerdo con lo que nos indica, le exhortamos canalizar e investigar su caso con su empleador y el Ministerio de Trabajo.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.