JD

jueves, 8 de agosto de 2024 16:04

Cerrado

Impuesto sobre la renta de gimnasio

Saludos, tengo una duda sobre el tema de los impuestos, estoy planificando abrir un gimnasio enfocado en la salud principalmente y el bienestar fisico de las personas, tengo entendido que no se pagan ITBIS pero quisiera saber cuales si son obligaciones tributarias y cuales no para este tipo de empresa, como por ejemplo ISC, ISR, etc...  Quedo atento a su respuesta

Solución oficial

Buenas tardes, Javier. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, la actividad comercial relacionada con los gimnasios está exenta del pago del ITBIS. En ese mismo orden, las obligaciones fiscales incluyen la presentación de los formularios 606, 607, IT-1, y el impuesto sobre la renta. En caso de estar registrado como persona física, deberá presentar el IR-1, y si se trata de una entidad jurídica, el IR-2.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.