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jueves, 7 de septiembre de 2023 14:12

Cerrado

Impuesto Selectivo al Consumo en reventa de servicio de Internet

Mi prrgunta es la siguiente

Cual sería el proceso para que una empresa dedicada a la venta del servicio de internet, pueda retener el 10% ISC a los clientes?

Solución oficial

Buenos días, Digna. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, al revender servicios de internet debe facturar el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) al consumidor final además de los demás envueltos en este tipo de actividad económica.

 

También le indicamos que, el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) debe ser transparentado a través del Formato 606 en la casilla 20. No obstante, al momento de reportar dicho gasto en el Anexo de su Declaración Jurada Anual de Impuesto Sobre La Renta (IR-1 o IR-2) se debe sumar a la misma partida a la que afectan, por ejemplo: si es de Primas de Seguros Pagadas se colocaría en la casilla PRIMAS DE SEGUROS sumando al monto de la prima pagada.

 

Siempre que estos servicios sean prestados en el mercado local se debe aplicar el ISC, aunque la facturación sea realizada entre dos prestadoras de servicios de telecomunicación.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.