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IMPUESTO PATRIMONIO INMOBILIARIO ESPOSOS
Buenos días, soy dominicana y tengo una propiedad de unos 3,000,000$DOP solo a mi nombre desde hace años. Estoy pensando en comprar otra propiedad a partes iguales con mi esposo (extranjero no residente) que vale 11,500,000$DOP. ¿Me calcularían el 50% de esa nueva propiedad para añadirla a lo que tengo? ¿O que formula se aplica en este caso?
Muchas gracias, un saludo
Marcia
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
6K Mensajes
hace 1 mes
Buenas tardes, Marcia. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, en esta DGII aunque el inmueble posea varios propietarios, solo se lo registraran a uno y como usted ya se encuentra registrada, lo colocaran a su nombre y al momento del cálculo del IPI le tomaran el valor total de su patrimonio.
Debe pagar una tasa del 1% sobre el patrimonio inmobiliario total de las Personas Físicas. Esta tasa se aplica al excedente de RD$ 10,190,833.00 tomando en consideración el conglomerado de inmuebles registrados a su nombre.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
6K Mensajes
hace 1 mes
Buenas tardes, Marcia. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Marcia Rodriguez
3 Mensajes
hace 1 mes
Buenos días,
1-¿Cómo asignan ustedes el valor de la propiedad para el IPI?
2-¿Se basa en el valor de referencia que tiene la DGII? ¿O se basa en el precio de compra?
3-¿como notifico a la DGII que he comprado una nueva propiedad? ¿qué documentos tengo que enviar?
Gracias,
Marcia
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