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Impuesto Hipoteca
Saludos. Si una empresa tomo un préstamo al banco A de 8 millones y pago el impuesto de hipoteca. Le queda un saldo de 2.5 millones con el banco A y quiere reenganchar el préstamo con el banco B que le ofrece un préstamo por 10 millones. La empresa tiene que pagar el impuesto de hipoteca de nuevo o solo por la diferencia de los 2 millones?



Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 2 meses
Buenos días, Manuel. Agradecemos su espera.
En atención a su consulta, le informamos que puede solicitar una certificación de exención de reinscripción de hipoteca, y de esa manera podrá obtener exención del monto para el saldo del préstamo anterior y pagar solo el impuesto de inscripción con base en el valor adicional del nuevo préstamo.
Para conocer cómo solicitar la certificación de exención de reinscripción de hipoteca, puede acceder al siguiente enlace de esta Comunidad de Ayuda que contiene la información detallada: CA813 ¿Qué debo hacer para solicitar una certificación de exención de reinscripción de hipoteca en virtud de la Ley 182-09?
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 2 meses
Buenas tardes, Manuel. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
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