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IMPUESTO AL PATRIMONIO IPI
BUENAS TARDES; para el pago del IPI, me interesa saber si el cobro del mismo se hará con la tarifa actualizada al valor real de los inmuebles o en cambio se seguirá pagando con la tarifa de siempre sin ninguna alteración.
gracias
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
6.4K Mensajes
hace 5 meses
Buenas tardes, Anibal. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, para el año 2025 el patrimonio inmobiliario de las personas físicas se encuentra exento del pago de IPI hasta el monto de RD$ 10,190,833.
Importante:
Este monto es ajustado anualmente por inflación.
Para años anteriores el monto exento era:
Debe pagar una tasa del 1% sobre el patrimonio inmobiliario total de las Personas Físicas. Esta tasa se aplica al excedente de RD$ 10,190,833.00 tomando en consideración el conglomerado de inmuebles registrados a su nombre.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
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por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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