sábado, 24 de octubre de 2026

impuesto 0,2 %

Buenas tardes,

Quisiera aclarar una duda sobre el impuesto del 0.20 % a las transferencias (Ley 30-26).

Mi esposa y yo tenemos un certificado mancomunado en la cooperativa Coopunion y una cuenta de ahorros mancomunada en BHD. Queremos cancelar el certificado y pasar el dinero a la cuenta de BHD.

Coopunion me explicó que, al cancelar el certificado, el monto se acredita en mi cuenta de ahorros personal (no mancomunada) en la propia cooperativa. Pero el traspaso hacia BHD no sale directamente de mi cuenta personal: pasa por la cuenta institucional de Coopunion, y de ahí se transfiere a BHD.

Sé que las transferencias entre cuentas del mismo titular están exentas y que en consultas de 2024 la DGII dijo que una cuenta propia y una mancomunada con el cónyuge también lo están. Mi duda es si esa exención aplica cuando la cuenta que emite la transferencia es la de la cooperativa, aunque los fondos sean míos y la cuenta destino sea mancomunada con mi esposa.

Mis preguntas son:
1. ¿Se cobra el 0.20 % en este caso?
2. Si hay exención, ¿qué documentos hay que presentar y a quién (cooperativa o banco)?
3. ¿Quién paga el impuesto, la cooperativa o yo?
4. Si se cobra por error, ¿cómo se pide el reembolso?

Muchas gracias de antemano por su ayuda.

Saludos,

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