lunes, 11 de marzo de 2019 19:34

Cerrado

Honorarios profesionales

Buenas tardes,

Para realizar pagos por honorarios por servicios a una persona que tiene una Participación en la Empresa, tengo que emitir un comprobante informal y retener el 10%, pero en el IR17 dónde pongo esa retención ¿Dónde dice honorarios por servicios independiente, a pesar de que la persona tiene participación accionaria en la empresa?.

Muchas gracias por su ayuda.

Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 6 años

Buenas tardes Lucas, si el pago corresponde a dividendos (ya que es socio/accionista de la empresa) no debes emitir un comprobante de proveedor informal.

Los comprobantes de proveedor informal se deben utilizar para registrar la venta de bienes o la prestación de servicios por proveedores que no cuentan con el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC). Estos comprobantes deben ser emitidos por el contribuyente que los utilizará (comprador) para reducir costos y gastos del ISR  o créditos en el ITBIS.

Respecto a llenar el IR-17, te recomendamos consultar con el área de fiscalización de la administración local que te corresponde ya que es la encargada de instruir a los contribuyentes respecto al correcto llenado de formatos, formularios, declaraciones juradas y los cálculos que estas poseen.

Importante: para conocer a cuál administración local perteneces puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

hace 6 años

No tienes que emitir comprobante si es de la repartición de los dividendos, aunque te recomiendo sacar copia al acta de asamblea para que lo tengas como soporte. y colocas el monto imponible en la casilla 5. 

126 Mensajes

hace 6 años

sI LA PERSONA ESTA REGISTRADO COMO PERSONA FISICA TE DEBE EMITIR UNA FACTURA CON VALOR FISCAL DONDE ESPECIFIQUE EL VALOR DEL SERVICIO PRESTADO, TRASPARENTANDO EL ITEBIS Y TU PROCEDES A RETENERLE EL 10 O EL 2 DEL ISR, SEGUN FUESE EL CASO Y EL 18 % DEL ITEBIS. SI NO ESTA REGISTRADO LE HACES UN PROVEEDOR INFORMAL. No importa que tenga participación en la empresa..haces el proceso de retención normal. Hay accionistas que reciben un sueldo por trabajo y esto no esta prohibido O le realizan trabajos de manera independiente a la empresa.

126 Mensajes

el 10% o el 2 según el caso reportas en el ir/17..

88 Mensajes

hace 6 años

hola,

la retencion se coloca en la casilla 5 ir-17. dividendo que es un 10% , si no es persona fisica se le crea un proveedor informal