miércoles, 25 de febrero de 2026

hay que enviar 606 con e-ncf

Saludos comunidad de ayuda..

Por favor deseo consultar si los comprobantes electrónicos deben enviarse en el 606, si o no.

 Muchas gracias!

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenas tardes, Clara. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que los comprobantes electrónicos deben reportarse en el 606 por el momento, sin embargo, debe excluir del formato de envío las notas de crédito y débito emitidas a los comprobantes autogenerados (E41, E43, E47), y los comprobantes autogenerados que hayan sido anulados por notas de crédito.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Muchas gracias por la aclaración,

Saludos! 

Buenos días, Clara.

 

Gracias a usted por confiar en nosotros y utilizar nuestros servicios.

  

Con su apoyo, cada día nos convertimos en una administración más cercana al contribuyente y ciudadano, asumiendo el compromiso de brindar servicios de calidad para ser referentes en transparencia y eficiencia.

 

¡Para nosotros es un placer servirle!

 

Comunidad de Ayuda DGII.