6 Mensajes
hay que enviar 606 con e-ncf
Saludos comunidad de ayuda..
Por favor deseo consultar si los comprobantes electrónicos deben enviarse en el 606, si o no.
Muchas gracias!
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Saludos comunidad de ayuda..
Por favor deseo consultar si los comprobantes electrónicos deben enviarse en el 606, si o no.
Muchas gracias!
Oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
25.5K Mensajes
hace 3 horas
Buenas tardes, Clara. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que los comprobantes electrónicos deben reportarse en el 606 por el momento, sin embargo, debe excluir del formato de envío las notas de crédito y débito emitidas a los comprobantes autogenerados (E41, E43, E47), y los comprobantes autogenerados que hayan sido anulados por notas de crédito.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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