martes, 4 de noviembre de 2025

Cerrado

Generar archivo 607

Buenos dias, soy fundacion sin fines de lucro, para reportar las donaciones internacionales recibidas en el archivo 607 solo se debe poner el tipo de ingreso y monto facturado de la donacion recibida?.

Otra cosa en una computadora Mac no se puede generar el archivo, porque no me deja generarlo. Que puedo hacer?

Agradezco su apoyo al respecto.

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Buenas tardes, Yissel. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Buenos días, Yissel. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, si es una empresa internacional, no debe emitir un NCF, sino que solo debe realizar la declaración de donación entre entidades estatales y/o sin fines de lucro debe agotar el siguiente procedimiento:

 

Paso I

Solicitar autorización para la no aplicación del impuesto ante el Ministerio de Hacienda y Economía, aportando la documentación que esa entidad le requiera.

Paso II

Una vez obtenga la autorización del Ministerio de Hacienda y Economía debe depositar en el área de información de las Administraciones Locales de la DGII, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Declaración Jurada de Donaciones (SD-3) y sus anexos en original, llenado, firmado, sellado y notarizado.
  2. Acta de donación notariada y legalizada por la Procuraduría General de la República, suscrita entre los representantes legales de cada institución con sus respectivos sellos.
  3. Copia de los títulos o matrículas de bienes muebles e inmuebles.
  4. Decreto o Resolución donde se apruebe al donante suscribir la donación (no aplica cuando el donante es una entidad descentralizada).
  5. Copia de las Cédulas de Identidad y Electoral, de ambos lados, de los representantes.
  6. Autorización del Ministerio de Hacienda y Economía (aplica cuando la donación sea bienes y muebles).
  7. Certificación de no aplicación del impuesto emitida por la DGII (aplica cuando la donación sea de bienes inmuebles).

Importante:

  • Las donaciones se deben declarar dentro de los 30 días hábiles después de haber elaborado el acto de donación.
  • Las donaciones exentas deben ser declaradas en el SD-3 para fines de control tributario.
  • Estos requisitos también aplican para las donaciones en efectivo.
  • Los actos de donaciones, independientemente de las partes, pueden ser realizados bajo firma privada o mediante acto auténtico/compulsa notarial

Tiempo de Respuesta:
45 días laborables.

 

Con relacion al MAC, dicho sistema operativo no es compatible con el de esta DGII, por lo que, no es posible generar los formatos en el mismo.


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Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

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