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miércoles, 9 de agosto de 2023 18:42

Cerrado

Gastos personales

Saludos mi pregunta es, un persona que destino todos sus recursos para poner un centro educativo, pero tiene una vivienda que esta pagando a una inmobiliaria puede ponerla a nombre de dicho Centro para que ese gasto salga de ahí, porque del salario no puede costearlo. Si se puede cual es la implicación. 

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Edel. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que no. Los gastos personales no son considerados como deducciones admitidas para fines del Impuesto sobre la Renta (ISR) de conformidad con lo establecido en el Art. 288 del Código Tributario.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.