jueves, 18 de diciembre de 2025

Cerrado

Gastos menores

Buenas Tardes
Quisiera orientación sobre cuáles de los siguientes gastos pueden ser considerados y aplicados como gastos menores en una empresa, tomando en cuenta que en su mayoría se realizan a personas informales y no siempre se obtiene comprobante fiscal:

  • Pago por recogida de basura

  • Montada y desmontada de afrechillo

  • Donaciones a personas informales (de menos de 2000 pesos)

  • Cambio de gomas y tapada

  • Compra de botellas a personas informales, utilizadas para detallar los productos que comercializa la empresa(que por su cantidad de compra tan pequeña se nos complicaría hacer proveedores informales a esas persona ya que las compras mayormente son de 200 pesos o menos)

Agradecería su aclaración sobre estos gastos y la forma correcta de sustentarlos.

Muchas gracias.

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Solución oficial

Buenas tardes. ¡Gracias por contactarnos!
 
En atención a su consulta, los comprobantes de gastos menores son aquellos comprobantes emitidos por las personas físicas o jurídicas para sustentar pagos realizados por su personal sean éstos efectuados en territorio dominicano o en el extranjero, y en ocasión a las actividades relacionadas con el trabajo, tales como: consumibles, pasajes y transporte público, tarifas de estacionamiento y peajes.

Le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.


Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.