GM

miércoles, 3 de mayo de 2023 16:10

Cerrado

GASTOS MENORES FACTURAS BOLETO AEREO INTERNACIONAL

Buenos días,

Tengo una inquietud, si en la empresa programamos un viaje internacional de negocios, ej: a europa; pero los boletos aéreos y de hospedaje no son emitidos con NCF ya que no fueron comprados a través de agencias de viajes y estos gastos rondan aproximadamente 18 mil dólares, ¿cómo justificó ese gasto para reportar en DGII?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Gissel. ¡Gracias por contactarnos!

 

Los gastos de compras de pasajes aéreos pueden ser sustentado mediante un Comprobante para Gastos Menores (B13).

Te recordamos que los Comprobantes para Gastos Menores son aquellos comprobantes emitidos por las personas físicas o jurídicas para sustentar pagos realizados por su personal, sean estos efectuados en territorio dominicano o en el extranjero y en ocasión a las actividades relacionadas al trabajo, tales como: consumibles, pasajes, transporte público, tarifas de estacionamiento y Peajes. 

En la emisión de este tipo de comprobante no se debe transparentar ni adelantarse el ITBIS, aunque los bienes adquiridos se encuentren gravados, debido a que estos NCF son emitidos a nombre del mismo emisor (contribuyente).

Luego de esto, podrás presentar tus gastos en el Formato 606 de la manera regular, utilizando el instructivo:

https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/contribuyentes/formatoEnvioDatos/Docume...

 

Para más detalles, le exhortamos a canalizarlo con el área de fiscalización de la administración local que le corresponde, a fin de obtener la orientación requerida.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.