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miércoles, 10 de diciembre de 2025

Cerrado

GASTOS MENORES ELECTRONICOS

BUENOS DIAS.  UNA EMPRESA QUE ADQUIERE UN SOFTWARE PARA EMITIR SUS FACTURAS ELECTRONICAMENTE, ESTA OBLIGADA A EMITIR SUS GASTOS MENORES ELECTRONICAMENTE TAMBIEN O PUEDE SEGUIR USANDO LA NUMERACION CONVENCIONAL PARA PROCESARLOS EN SU FORMATO 606.

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Mayra. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que les será obligatorio emitir de manera electrónica todos sus comprobantes, incluyendo los de gastos menores, a partir de la finalización del plazo que se les haya concedido para la implementación de facturación electrónica. Antes de la finalización de dicho plazo, sí estaría en la libertad de emitir ambos tipos de comprobantes, según su preferencia.

 

Si desea consultar los listados de los diferentes grupos de contribuyentes obligados a implementar facturación electrónica, le invitamos a acceder al siguiente enlace de nuestra página de internet, donde se encuentran disponibles: Calendario y listados de contribuyentes obligados a implementar FE.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.