AL

domingo, 30 de enero de 2022 23:35

Cerrado

GASTOS financieros

Buenas,

El 0.15% cobrado en las transferencias o cks emitidos en una empresa (cargos por manejo de cuenta en el banco) se pueden deducir como gasto para el ISR?

En caso de ser así, tendría que reportarse mensualmente en los 606?

Saludos,

This conversation is no longer open for comments or replies and is no longer visible to community members.

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días Ana. Gracias por contactarnos.

 

Es deducible en su declaración de renta anual.

 

Para más detalles y asiento de la transacción, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.

 

Puede visualizar el Instructivo de llenado del IR-2 ingresando al siguiente enlace:

 

Instructivo IR-2 FINAL (dgii.gov.do)

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.

hace 2 años

Buenos dias Ana:

El banco que te retiene el 0.15% te debe emitir el NCF y los reprotar como gastos financieros en el 606.