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lunes, 10 de julio de 2023 14:04

Cerrado

Gastos en el extranjero

Mi empresa se dedica a la importación de tejas por consecuente sus proveedores están fuera des país, en ocasiones debo enviar uno o dos representantes para asistir a eventos( conferencias, muestras de nueva mercancía, etc.) , ya que no tengo una factura con NCF podría la empresa aprovechar el gasto emitiendo in gastos menor ?

Solución oficial

Buenos días, Alfa. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, debe sustentarse con la emisión de un Comprobante para Gastos Menores del Tipo (B13) aquellos pagos realizados por su personal sean estos efectuados en territorio dominicano o en el extranjero en ocasión de actividades relacionadas al trabajo, tales como: consumibles, pasajes, transporte público, tarifas de estacionamiento y peajes.

 

En caso particular, procede su emisión por los gastos en alojamientos ocasiones u hospedaje en hoteles realizados en el exterior toda vez que sean razonables, proporcionables y relacionados con el giro del negocio y ejecutados con la finalidad de obtener, mantener y conservar rentas gravadas. No obstante, la compra de pasajes aéreos debe encontrarse sustentada en una Factura de Crédito Fiscal, ya que las aerolíneas se encuentran registradas ante esta Dirección General y, por tanto, tienen la obligación de emitirle un NCF con Valor Fiscal previa solicitud del Contribuyente, en virtud de lo establecido en el Literal a) del Artículo 4 del Decreto Núm. 254-06 que promulga el Reglamento para la Regulación de la Impresión, Emisión y Entrega de Comprobantes Fiscales y el Literal b) del Artículo 2 la Norma General 06-2018 Sobre Comprobantes Fiscales.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.