3 Mensajes
GASTOS EDUCATIVOS
Buenas tardes, tengo una duda, si se hace un pago a una institución educativa por concepto de pago anualidad colegiatura de unos de los hijos de los accionista que no esta registrado como empleado solo como accionista y nos emiten un B01, cual seria el tipo de bienes y servicios comprados para reportar en el 606 ?
Quedo atenta a respuesta



Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
29.5K Mensajes
hace 13 horas
Buenas tardes, Nayeli. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, según los literales a y b del artículo 288 de la Ley 11-92, los gastos personales de los socios y sus remuneraciones no son deducibles del Impuesto Sobre la Renta, si no existe una efectiva prestación de servicios por parte de este que sea congruente con el monto de la remuneración, por lo que no será necesario hacer estos reportes en el 606.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
0