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Gastos educativos
Hola Buenos dias,
Tengo una consulta, soy extranjero, no nacionalizado, no tengo cedula, tengo residencia temportal RT3, bajo un contrato labora.
Con ese estatus que tengo, puendo obtar por la declaracion de gastos educativos anuales.
En caso de ser positiva la respuesta. cuales son los pasos que debo seguir.
Gracias


Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
27K Mensajes
hace 8 días
Buenos días, Marcel. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, en su condición de extranjero, no puede acogerse a los beneficios de la Ley de Gastos Educativos. Dicha ley aplica únicamente a extranjeros que hayan obtenido la nacionalidad dominicana, posean su Cédula de Identidad y Electoral y cuyos salarios estén sujetos a retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
27K Mensajes
hace 9 días
Buenos días. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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