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Gastos educativos
UNA ABOGADA REGISTRADA EN LA DGII COMO PERSONA FISICA, QUE FACTURA MENSUALMENTE Y TAMBIEN IMPARTE CLASE EN INFOTEP EVENTUALMENTE, PUEDE REGISTRAR SUS GASTOS EDUCATIVOS DE SUS DOS HIJOS.
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UNA ABOGADA REGISTRADA EN LA DGII COMO PERSONA FISICA, QUE FACTURA MENSUALMENTE Y TAMBIEN IMPARTE CLASE EN INFOTEP EVENTUALMENTE, PUEDE REGISTRAR SUS GASTOS EDUCATIVOS DE SUS DOS HIJOS.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
25.9K Mensajes
hace 23 días
Buenas tardes, Zoraida. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que sí, puede registrar los gastos educativos correspondientes a sus hijos, incurridos en instituciones educativas, a través del Panel de Gastos Educativos. Cuando estos gastos sean aceptados en el sistema, podrá visualizarlos en la casilla 7 del IR-1, hasta el monto admitido por la ley, siempre y cuando los gastos sean aceptados a más tardar el último día laborable de febrero.
Una vez haya presentado su declaración beneficiándose de esta ley, podrá solicitar el reembolso del monto que quede en su cuenta corriente, llevando a cabo el proceso indicado en la siguiente pregunta de esta comunidad: CA2144 ¿Qué debo hacer para solicitar el reembolso del saldo a favor en el Impuesto Sobre la Renta (ISR)?
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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