NP

martes, 18 de febrero de 2025 23:20

Cerrado

GASTOS EDUCATIVOS

Buenas noches, 

Me registré en la oficina virtual para reportar los gastos educativos en este mes de febrero 2025.

Anteriormente había pagado al colegio las mensualidades por transferencia y sin valor fiscal.

Quería saber si puedo solicitar un reporte o las facturas con valor fiscal desde el inicio del año escolar 2024.

De ser así como debería hacerle la solicitud al colegio 

O debería empezar este año a solicitar las facturas con valor fiscal y dejar así los pagos realizados en 2024?

Gracias de antemano 

Solución oficial

Buenos días, Nicol. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, debe comunicarse con su entidad educativa y validar si ellos pueden rehacerle esos comprobantes, sin embargo, no están en la obligación debido a las Facturas con Comprobantes Fiscales deben ser solicitadas al momento de la facturación.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

2 Mensajes

Gracias por la información.

Tengo otra pregunta si compro útiles escolares en la sirena podría solicitar comprobante fiscal ?

Buenos días, Nicol. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede deducirse los gastos realizados para cubrir la inscripción y cuotas periódicas de la educación básica (incluyendo preescolar), media, técnica y universitaria (grado y postgrado) de sus dependientes directos no asalariados (hijos e hijas) y los propios, siempre que sean facturados con comprobantes que generan créditos y/o sustentan costos y gastos.

 

Importante:

La compra de materiales y útiles escolares también puede ser deducible siempre y cuando sean adquiridos en una entidad educativa y hayan sido facturados en comprobantes válidos para crédito fiscal.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.