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jueves, 5 de septiembre de 2024 13:38

GASTOS EDUCATIVOS

Buenas

quisiera saber sobre los beneficio de los gastos educativos y como saber si califico para el mismo, devengo un salario mensual de 28,500.00 y en el a;o hay dos meses que mi salario sobrepasa los 35 mil pesos y me retienen el ISR. en mi caso calificaría para esta ley o para esto tendrían mensual que retenerme el isr  

Solución oficial

Buenos días, Maria. Gracias por contactarnos.

 

Pueden acogerse a la Ley 179-09:

 

  1. Los asalariados sujetos a la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) mensual.
  2. Las Personas físicas declarantes del ISR, excepto los Negocios de Único Dueño.
  3. Los pensionados cuya pensión esté sujeta a la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
  4. Extranjeros nacionalizados con salarios sujetos a la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Puede conocer todo lo relacionado al proceso de gastos educativos accediendo al siguiente enlace http://ms.spr.ly/61214mE7d0 

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

Visite:
http://ms.spr.ly/61215mE7dF

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.