martes, 27 de octubre de 2020 23:43

Cerrado

Gastos Educativos

El beneficio que recibe una persona física de los Gastos Educativo, consiste en devolución de un porciento o compensado en la Declaración del IR1 ó ambas a la vez?.

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Solución aceptada

Solución oficial

1.1K Mensajes

hace 5 años

Buenos días, Agustin. Las personas físicas pueden solicitar el reembolso del excedente que resulte luego de compensar el saldo a favor con los anticipos generados en la declaración del IR-1.

Base Legal: Norma General 06-09, Art. 4, Párrafo II.

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