miércoles, 4 de marzo de 2020 21:40

Cerrado

Gastos educativos

puede una persona física que declara con el IR1 , acogerse a los gastos educativos y el cual esta como asalariado en una empresa .

Solución oficial

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hace 5 años

Buenos días, Ruberkys. Sí, las personas físicas declarantes de IR-1 pueden acogerse a la Ley 179-09 sobre Gastos Educativos, siempre y cuando sean contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta (ISR), es decir, que sus ingresos superen la exención contributiva anual (RD$416,220.00 para el año 2019).

Si se le genera saldo a favor, para solicitar el reembolso o compensación deben seguir los pasos a continuación:

https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca421-que-debo-hacer-para-solicitar-el-reembolso-del-saldo-a-f...

Nota: si eres únicamente asalariada, debes solicitar el cambio de tu actividad económica por “Empleados/ Asalariados”, depositando en tu Administración Local correspondiente, los siguientes documentos:

1. Formulario de Declaración Jurada de Registro y Actualización de Datos de Personas Físicas (RC-01) llenado y firmado.
2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral del contribuyente de ambos lados.
3. Certificación de asalariado o comunicación del empleador.
4. Carta de autorización del contribuyente (aplica en caso de que el solicitante sea un tercero).
5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral del representante de ambos lados (aplica en caso de que el solicitante sea un tercero).

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hace 5 años

si

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hace 5 años

Si eres declarante del ISR, si puedes acogerte a la ley de gastos educativos.

92 Mensajes

hace 5 años

según me informan que si presento el IR1 Y ESTOY A COGIDA EL VALOR ME QUEDARÍA COMO SALDO A FAVOR , PERO LA OPCIÓN SER CAMBIAR MI DECLARACIÓN AL IR18 COMO ASALARIADO PARA QUE ME PUEDAN DEVOLVER DICHO VALOR

2.6K Mensajes

Si eres una persona física declarante del IR-1 solo debes de incluir, en el mismo formulario, dichos gastos.

92 Mensajes

hace 5 años

MUCHAS GRACIAS POR SU REPUESTA , PUDE ACLARAR MI DUDA

4.8K Mensajes

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