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GASTOS EDUCATIVOS - PERSONA FISICA
Buenos días,
Las personas físicas deben enviar las facturas de gastos educativos en el formato 606? O solo se remite esa información al momento de presentar el IR-1 en el anexo RG?
Quedo a la espera, gracias.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 6 meses
Buenos días, Paola. Gracias por contactarnos.
Las personas físicas no deben remitir las facturas correspondientes a gastos educativos mediante el formato de envío 607. En su lugar, dichas facturas deben ser registradas en el panel de gastos educativos, a fin de que se reflejen correctamente en la declaración jurada del IR-1.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
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