Perfil de Paola Heredia

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sábado, 7 de junio de 2025

Cerrado

GASTOS EDUCATIVOS - PERSONA FISICA

Buenos días, 

Las personas físicas deben enviar las facturas de gastos educativos en el formato 606? O solo se remite esa información al momento de presentar el IR-1 en el anexo RG?

Quedo a la espera, gracias. 

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Solución oficial

Buenos días, Paola. Gracias por contactarnos.

 

Las personas físicas no deben remitir las facturas correspondientes a gastos educativos mediante el formato de envío 607. En su lugar, dichas facturas deben ser registradas en el panel de gastos educativos, a fin de que se reflejen correctamente en la declaración jurada del IR-1.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

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