6 Mensajes

miércoles, 25 de febrero de 2026

GASTOS EDUCATIVOS EN EL RS1

Buenas tardes, como RST, complete en el Panel de Gastos Educativos hasta el paso 4, cuando voy a presentar la Declaración en el formulario RST-RS1, en la casilla 18 no se refleja ningún monto por deducción de gastos educativos, no obstante haber reportados gasto por un total de RD$266,800.00.  Vale resaltar que soy asalariada e hice una factura por honorario profesionales, incide esto?

Gracias

Oldest First
Selected Oldest First

Oficial

Buenas tardes, Alba. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que el monto deducible por gastos educativos puede visualizarse en la casilla 18 (Deducción Gastos Educativos) del RS1, siempre y cuando sus gastos educativos se encuentren registrados y aceptados en el Panel de Gastos Educativos y que presente monto a pagar en la declaración del RST, ya que, en caso de no tener monto a pagar en la declaración, la deducción de gastos educativos no tendrá utilidad para este período, debido a que la declaración de RST no genera saldos a favor.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

6 Mensajes

Buenas tardes, cuales factores inciden para que reportando RD$266,800 en gastos educativos, no se refleje ningún monto a mi favor en el RST?

Buenas tardes, Alba. Gracias por contactarnos.

 

Básicamente, que su declaración no haya generado un monto a pagar o que los gastos no se encuentren aceptados a más tardar el último día laborable de febrero.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.