miércoles, 1 de mayo de 2024

Cerrado

GASTOS EDUCATIVO

Buenos días,

Tengo la siguiente duda en cuanto a los gastos educativos: debo reportar todos los meses los gatos educativos y que porcentaje me devuelven atraves de mi empleador? 

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Solución oficial

Buenos días, Victor. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, la Declaración de Gastos Educativo IR-18 se habilita para ser enviada desde el 1.º de febrero hasta el último día laborable del mismo periodo, sin embargo, el Panel de Gastos Educativos se encuentra habilitado para que pueda ir registrando sus facturas a medida que sé la van entregando.

 

El monto del saldo a favor es el resultado de una operación matemática en donde interactúan:

  • Los ingresos recibidos por el empleado durante el año.
  • Los ingresos exentos (aportes a la TSS más el salario de navidad hasta la duodécima parte del salario anual).
  • Las retenciones que le fueron efectuadas.
  • La exención contributiva para el año.
  • El monto que la Ley 179-09 establece que se puede reconocer como gasto educativo, que para el periodo 2023 corresponde a RD$104,055.00 (10% del ingreso gravado según ley 253-12, el cual no puede exceder el 25% de la exención contributiva).
Para obtener información detallada sobre este cálculo, le recomendamos pasar por el área de Fiscalización Interna de cualquiera de nuestras Administraciones Locales.

El monto exacto podrá ser visualizado al momento de presentar la declaración IR-18.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.