jueves, 12 de marzo de 2020 17:10

Cerrado

Gastos de Organización.

Me gustaría saber ¿Cuál es la base legal de la amortización de los gastos de organización?, ya que reviso el código tributario y la jurisprudencia y no encuentro su fundamento.

Saludos cordiales. 

Solución oficial

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hace 5 años

Buenas tardes, Edwin. Confirmamos que hemos recibido tu inquietud y te estaremos brindando la asistencia requerida en el menor tiempo posible.

Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.

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4.8K Mensajes

Buenas tardes, Edwin. La base legal soporte para la deducción de los gastos incurridos en el proceso de constitución de una sociedad comercial, es el literal b) del artículo 287 del Código Tributario, apoyado además, en la disposición reglamentaria del artículo 7 del Reglamento 50-13 para la aplicación de la Ley 253-12, para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado, la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible.

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hace 5 años

Muchas gracias por las correcciones de lugar, podrían orientarme al respecto de mi inquietud?

Saludos.

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hace 5 años

Según las normas contables los gastos de organización deben amortizarse en cinco años.
Consulta las nics y nifs con relación a las amortizaciones.