martes, 7 de julio de 2026

Garantías otorgadas a clientes

Quisiera consultar un tema relacionado con una garantía otorgada a un cliente. Se realizó la venta de un equipo y posteriormente nos reportaron que una de las piezas presentó una falla, por lo que procederemos a reemplazarla sin costo para el cliente, como parte de la garantía de la venta original.

Me gustaría saber cuál es el tratamiento correcto fiscal y contable para la salida de esta pieza de inventario:

  1. ¿Cómo debe documentarse la entrega de la pieza de reemplazo al cliente?
  2. ¿Es necesario emitir algún comprobante fiscal, factura, nota de crédito, nota de débito u otro documento?
  3. En caso de requerirse una factura, ¿a qué valor debe emitirse: valor de venta, costo, valor cero o algún otro importe específico?
  4. ¿Cómo debe registrarse contablemente la salida del inventario y el costo asociado a la garantía?
  5. ¿Existe algún requisito adicional ante la DGII para este tipo de operaciones de garantía?

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Solución oficial

Buenos días, Alejandra. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le recomendamos tratar la misma con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, por ser el área encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Si desea consultar el directorio de nuestras administraciones locales, puede hacerlo a través del siguiente enlace de nuestra página web: Listado de administraciones locales

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.