lunes, 24 de agosto de 2026

GANANCIAS DE CAPITAL INMOBILIARIA LEY 30-26

¿Cómo se debe presentar y liquidar la ganancia de capital para personas físicas por la enajenación de bienes inmuebles sujeta a la tasa del diez por ciento (10%) dentro del plazo de seis (6) meses?

De conformidad con el Artículo 296-1 del Código Tributario (introducido por la Ley No. 30-26), las ganancias de capital obtenidas por personas físicas en la enajenación de bienes inmuebles están sujetas a una tasa del diez por ciento (10%) como pago único y definitivo. Este impuesto debe ser liquidado dentro de un plazo de seis (6) meses contados a partir del momento en que se hubiese perfeccionado el acto traslativo de propiedad.
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