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martes, 30 de septiembre de 2025

Cerrado

GANANCIA DE CAPITAL EN VENTA DE ACTIVOS

Voy a vender un activo y tendra una ganancia de capital en que declaracion debo presentar esa ganancia de capital,

en el ITBIS o en El IR-2?

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Oficial

Buenas tardes, Yarisa. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, aunque la venta también se informa en la declaración de ITBIS, el Impuesto de Ganancia de Capital se determinará y generará pago en la declaración de IR-2.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

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La venta sera a una empresa extranjera 

entiendo lleva un NCF B02, pero como la empresa es extranjera debo gravar la venta con el 18% del ITBIS?

Buenos días, Yarisa. Gracias por contactarnos.

 

No, no debe gravar con ITBIS al 18% la venta, ya que la venta de bienes tangibles e intangibles al exterior se encuentran gravados con tasa 0 de ITBIS.

 

Nota: En caso de tratarse de una venta de bien tangible, el tipo de factura a utilizar no será B02 sino B16 (Comprobante de Exportaciones).

 

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