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Fusión de dos sociedades extranjeras
Buenos días, tengo el caso de dos sociedades extranjeras que se fusionaron en el extranjero. La sociedad absorbida está acogida al Régimen Especial de Zonas Francas de Exportación.
Ya registramos en la Cámara de Comercio a la sociedad absorbente, actualmente estamos concluyendo con el registro de la fusión en la indicada Cámara.
Quiero saber cuáles son los requisitos para actualizar el RNC de la sociedad absorbida por motivo de la fusión realizada en el extranjero, tomando en cuenta que queremos que la sociedad absorbente mantenga el Régimen Especial de Zonas Francas de Exportación. Tomar en cuenta que tenemos una aprobación condicional del traspaso de beneficios de zona franca de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, emitida por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 5 meses
Buenas tardes, Lauura. Gracias por contactarnos.
Para solicitar una fusión o escisión entre compañías debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, según corresponda: https://acortar.link/0idNNl.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Lauura Martínez
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hace 5 meses
Los requisitos que mencionan en los links aportados corresponden a fusión entre sociedades dominicanas, pero el caso que planteo, como podrán ver, es entre dos sociedades extranjeras.
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