lunes, 7 de septiembre de 2026

FUNDACIONES - RETENCION ISR PROVEEDOR DEL EXTERIOR

Buenas tardes:

Somos una Fundación Sin Fines de Lucro constituida en República Dominicana y recientemente recibimos un servicio de diseño gráfico prestado por una empresa domiciliada en España, por el cual dicha empresa nos emitió la correspondiente factura.

En este sentido, quisiéramos consultar cuál sería el tratamiento fiscal aplicable a esta operación, específicamente:

  1. Retención del ISR: ¿Corresponde que la Fundación efectúe la retención del 10% de ISR sobre el pago realizado al proveedor del exterior? En caso de que aplique una tasa diferente, agradeceríamos nos indiquen cuál sería y bajo qué disposición legal.
  2. Convenio entre República Dominicana y España: ¿Resulta aplicable el Convenio para Evitar la Doble Imposición suscrito entre República Dominicana y España para este tipo de servicio de diseño gráfico? De ser así, ¿qué tasa de retención correspondería aplicar y qué requisitos debemos cumplir para beneficiarnos de las disposiciones del convenio?
  3. Formato 606: ¿Cuál sería la forma correcta de reportar esta operación en el Formato 606, incluyendo el tipo de proveedor, concepto de la operación y tratamiento de la retención?
    Quedo atenta, muchas gracias. 
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Solución oficial

Buenas tardes, Verónica. Gracias por contactarnos. 

 

 En atención a su consulta, le informamos que, para obtener una respuesta vinculante por parte de esta Dirección General, y debido al nivel de análisis que requiere esta consulta, así como a los diversos factores que se deberán considerar, es necesario que solicite una consulta técnica. 

 

Para conocer cómo efectuar una consulta técnica, le invitamos a consultar la pregunta de esta comunidad que contiene la información detallada, haciendo clic en el siguiente enlace: CA1971 ¿Cómo puedo realizar una consulta técnica sobre leyes o impuestos en la DGII?

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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