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lunes, 30 de agosto de 2021 03:42

Cerrado

Freelance

Buenas noches, quisiera saber como es el tema de los impuestos como freelance en el siguiente caso.

1) Si tengo una cuenta de banco virtual legal en USA debo pagar impuestos por la cantidad total que tenga en la cuenta fuera del pais, o debo pagar impuestos solo a la cantidad que quiero entrar a Republica Dominicana?

2) Si la cantidad de impuestos que debo pagar es solo la que entra a Republica Dominicana, las cantidades se acumulan?
Me explico: Si un mes retiro 300 mil pesos, y otro mes 300 mil pesos (600 mil pesos en 2 meses) se debe pagar impuestos o como es que funciona esta parte?

Nota: (Si debo hacer algún tipo de proceso para ser freelance en el país por el tema de los impuestos agradecería mucho la información)

Muchisimas gracias de antemano.

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días David. Gracias por escribirnos.

 

Toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en la República Dominicana, y sucesiones indivisas de causantes con domicilio en el país, pagarán el impuesto sobre sus rentas de fuente dominicana, y de fuentes fuera de la República Dominicana proveniente de inversiones y ganancias financieras.

 

Según lo establecido en el Artículo 272 del Código Tributario.

 

La tasa porcentual que debe pagar por concepto de ISR será acorde a la escala establecida en el artículo 296 del Código Tributario.

 

No obstante, para recibir asistencia a sus inquietudes de su caso particular, es necesario que por favor la canalice con la Gerencia Legal, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:


1.
Formulario Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004), llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).

 

Consideraciones Importantes

 

El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.

 

Puede visitar nuestra Sede Central, Administraciones Locales, Estafetas, Colecturías y Centros de Servicios sin citas, tomando en cuenta las medidas de protocolo por el COVID-19.

 

Es importante destacar que todas las personas deberán respetar las medidas de distanciamiento físico. De igual forma, el uso de mascarillas es obligatorio para realizar cualquier tipo de trámite presencial.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle, David.