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Formatos de Envío 606, 607, 608 y 609.
Buenas tardes,
El emisor de comprobantes fiscales electrónicos, tiene obligación de enviar los formatos de envío 606, 607, 608 y 609?
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Buenas tardes,
El emisor de comprobantes fiscales electrónicos, tiene obligación de enviar los formatos de envío 606, 607, 608 y 609?
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
5.3K Mensajes
hace 28 días
Buenas tardes, Anabella. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, la facturación electrónica promueve la competencia leal entre agentes económicos, moderniza y eficientiza procesos, a la vez que facilita el cumplimiento tributario y reduce costos transaccionales y operativos.
El uso de la facturación electrónica es obligatorio en todo el territorio de la República Dominicana a partir de la entrada en vigencia de la Ley. De manera excepcional, se permitirá el uso de la factura de papel para las contingencias establecidas en dicha ley y el Reglamento 587-24.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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