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FECHA PAGO IMPUESTOS
Si hago una declaración tardía del IR2 (2019 y 2020), cuales fechas tendría para pagar el impuesto a los activos que se generen?
Gracias
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Si hago una declaración tardía del IR2 (2019 y 2020), cuales fechas tendría para pagar el impuesto a los activos que se generen?
Gracias
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 4 años
Buenos días. Gracias por escribirnos.
La Declaración Jurada del Impuesto a los Activos debe ser presentada en la misma fecha límite que la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el impuesto que resulte a pagar debe ser saldado en dos cuotas iguales, venciendo la primera en la misma fecha límite fijada para el pago del ISR y la segunda en un plazo de seis (6) meses contados a partir del vencimiento de la primera cuota, como se muestra a continuación (ejemplo 2020):
Primera Cuota: según la fecha de cierre:
Segunda Cuota: según la fecha de cierre:
A los impuestos dejados de pagar en su fecha límite se les aplica los siguientes porcentajes de recargos por mora e interés indemnizatorio:
No obstante, con relación a los recargos e intereses generados, le recomendamos acogerse a la Ley 46-20 y sus modificaciones, reintroducida por la Ley 07-21 ya que les permite a los contribuyentes beneficiarse de facilidades de pago para deudas tributarias determinadas o no de manera que puedan regularizar sus obligaciones tributarias.
Nota: la fecha límite para acogerse al régimen tributario que establece la Ley 46-20 es el 18 de mayo del 2021.
Puede verificar los pasos para acogerse a la misma a través del siguiente enlace:
http://ms.spr.ly/61214Vopdn
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: http://ms.spr.ly/61219Vopdb
Es un placer servirle.
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