martes, 16 de marzo de 2021

Cerrado

fecha limite de pago

Las instituciones jurídicas acogidas a la ley 46-20 1ra etapa, cual es la fecha limite de pago de la deuda.

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Solución oficial

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hace 4 años

Buenos días. Gracias por escribirnos.

 

Para beneficiarse de la Ley 46-20 sobre Transparencia y Revalorización Patrimonial, se estableció un plazo para el pago de ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la Norma General 04-20, la cual fue publicada 13 de julio de 2020.

Con la entrada en vigencia de la Ley 7-2021 se otorga un plazo de noventa (90) días calendario contados a partir de la publicación de la Norma General 02-2021, por lo que la nueva fecha límite para acogerse al régimen tributario que establece la Ley 46-20 es el 18 de mayo del 2021; y para realizar el pago del impuesto resultante tiene un plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días calendario contados a partir del 13 de julio de 2020.
 

Este plazo vence el 13 de julio de 2021.

 

En ese sentido, le informamos que, el pago del impuesto que le haya sido determinado por acogerse a la Ley 46-20 y sus modificaciones, puede ser saldado de la siguiente manera:
 
Deudas Tributarias

 

Deudas tributarias determinadas con anterioridad a la promulgación de la Ley 07-21.

  1. Pago único, definitivo e inmediato.

Deudas tributarias ordinarias y omisas

  1. Pago único e inmediato o pago fraccionado, según elección del contribuyente, y dentro del plazo de 365 días calendario contados a partir del 13 de julio de 2020 con la entrada en vigencia de la Ley 68-20. La fecha límite para este pago, sea único o fraccionado, es el 13 de julio de 2021.

Declaración y/o Revalorización Patrimonial

  1. Pago único y definitivo, dentro del plazo de 365 días calendario, contados a partir del 13 de julio de 2020 con la entrada en vigencia de la Ley 68-20. La fecha límite para este pago es el 13 de julio de 2021.

Amnistía

  1. Pago único y definitivo, dentro del plazo de 365 días calendario, contados a partir del 13 de julio de 2020 con la entrada en vigencia de la Ley 68-20. La fecha límite para este pago es el 13 de julio de 2021.

Importante:

 

Si el contribuyente opta por fraccionar el pago, la cantidad de cuotas a otorgar dependerán de la fecha en que se genere el acuerdo, ya que este no podrá exceder los 365 días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley 68-20 y deberá pagar los intereses indemnizatorios correspondientes a dicho acuerdo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv 

 

Es un placer servirle.