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jueves, 20 de julio de 2023 20:48

Cerrado

Fecha envio 606 & 607

Buenas Tardes estimados:

Quisiera su apoyo o aclaración con la siguiente duda:

Existe fecha limite para la presentación mensual de la herramienta 606 y 607?, en caso de no cumplir con la fecha indicada existe alguna sanción económica o de otro naturaleza ?

Saludos Cordiales.

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Elizabeth. Gracias por contactarnos. 

  

En atención a su consulta, le informamos que, el envío de las informaciones de los referidos formatos debe ser efectuado los primeros 15 días del mes siguiente al de la facturación del bien o servicio. Dicha remisión constituye un deber formal que debe ser cumplidos por los contribuyentes y responsables, por lo que en virtud del artículo 253 del Código Tributario, el incumplimiento de esas obligaciones será sancionado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 257 del referido Código, sin perjuicio de la aplicación de cualquier otra sanción dispuesta en el Código Tributario, acorde al hecho que la tipifique. 

 

Base Legal: Art. 8 de la Norma 07-18. 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.  

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y) 

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.  

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv. 

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial 

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.