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Fecha de comprobantes
Que pasa con una empresa que debe esperar el cierre de mes para emitir la fctura de sus ingresos del mes, es decir el 30 en la madrugada es su corte y emite la factura el dia primero, el comprobante debe ser del mes anterior. Cuando emita el comprobate con el QR de la DGII entonces va a salir con fecha del mes corriente... que opciones tenemos para resolver esto?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 meses
Buenos días, María. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, la factura debe ser reportada en el mes en que se emite. Es decir, si se emite una factura el día primero del mes siguiente para reflejar ventas correspondientes al mes anterior, dicha factura deberá ser reportada en el período que indique la fecha de emisión.
En ese mismo orden, le exhortamos a corregir esta situación, ya que el sistema de facturación electrónica no permite el ajuste de fechas de emisión, y no existe el comprobante de ingresos único ingreso. Por lo tanto, le instamos a regularizar este proceso conforme a lo establecido.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
Es un placer servirle.
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