jueves, 17 de septiembre de 2026

Facturas por venta de suplementos y peptidos

La venta de suplementos alimenticios y peptidos esta exenta de ITBIS?

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Solución oficial

Buenas tardes, Brewmie. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que los suplementos alimenticios y peptidos no se encuentran dentro del listado de bienes exentos del Código Tributario, por lo que deben gravarse en su venta.

 

Importante: En caso de que se refiera a bienes que pertenezcan a las partidas arancelarias 30 03, 30 04 o 30 06, se considerarían exentos por ser medicamentos.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.