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Facturas con NCF
Buenos días, quiero saber que puedo hacer si emito una factura con NCF, pero el RNC del cliente ya no existe, pues cuando lo válido en la página de la DGII, me dice que ese RNC no existe
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Buenos días, quiero saber que puedo hacer si emito una factura con NCF, pero el RNC del cliente ya no existe, pues cuando lo válido en la página de la DGII, me dice que ese RNC no existe
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 años
Buen día, Rosina. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su solicitud, le indicamos que, para verificar su caso, debe remitirnos al correo electrónico oficinavirtual@dgii.gov.do, una imagen donde se evidencie la anomalía o error que le presenta, su RNC/Cédula, así como RNC de su cliente y un número de teléfono.
Para obtener el print screen adecuadamente, le sugerimos siga los pasos a continuación:
· Diríjase a la página de su Oficina Virtual donde se visualice el error.
· Cuando tenga en pantalla la información, presione la tecla "Impr Pant" ("Prt Sacrón", en inglés) que se encuentra justo al lado de la tecla "F12" en el teclado de su computador.
· Luego abra un documento en blanco de un procesador de texto (Microsoft Office Word) o de un editor de imágenes (Microsoft Paint),
· Haga clic derecho sobre la pantalla en blanco y presione "Pegar".
· Guarde el archivo y adjúntelo al correo que desea enviar.
Nota: Una vez nos remita el correo, por favor indicarnos por esta misma vía la dirección electrónica desde el cual lo envió, a fines de seguimiento.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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